Tax Free para residentes de Canarias, Ceuta y Melilla

Tax Free para residentes de Canarias, Ceuta y Melilla

El Tax Free para residentes de Canarias, Ceuta y Melilla existe. Esta devolución normalmente se hace a viajeros que no residen en España. Pero, ¿sabías que aunque residas aquí puedes solicitarlo? Los habitantes de Canarias, Ceuta y Melilla son los únicos que, aun con residencia española, pueden solicitar el Tax Free. A continuación, te explico cómo hacerlo.

¿Cómo funciona el Tax Free para residentes de Canarias?

Para solicitar la devolución del Tax Free para residentes de Canarias, deberás dirigirte a la Oficina de la Aduana en el Aeropuerto de Canarias, con la mercancía, tu identificación, el formulario DIVA, y aunque no suelen pedirlo, lleva también las facturas de compra. Ahí te sellarán manualmente dicho formulario DIVA.

Una vez sellado el formulario DIVA, deberás liquidar el IGIC (impuesto canario) correspondiente. Este trámite lo podrás realizar online a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias. Para ello, deberás presentar el Modelo 040, adjuntando el formulario DIVA previamente sellado de forma manual por la Aduana de tu aeropuerto.

Por último, la Agencia Tributaria de Canarias enviará la copia del formulario DIVA y la liquidación del IGIC a la Aduana, para que emitan el sellado de forma digital. Entonces podrás cobrar tu devolución de impuestos.

Cuando tu formulario DIVA esté digitalmente sellado, recibirás un correo de tu compañía de Tax Free indicándote que puedes proceder con el cobro de la devolución de impuestos. Finalmente podrás cobrarlo, lo que puedes hacer directamente en el aeropuerto o en alguna oficina de tu compañía de Tax Free. Ya esto puedes hacerlo en Canarias o en cualquier sitio de España, y tienes unos cuatro años para hacerlo, aunque no creo que te demores tanto. 😅

Si quieres más información al respecto, dirígete a la web oficial de la Agencia Tributaria en este enlace.

¿Cómo funciona el Tax Free para residentes de Ceuta y Melilla?

Para cobrar el Tax Free siendo resiente de Ceuta o Melilla, es algo similar. Al llegar a tu ciudad, dirígete al Resguardo Fiscal con las mercancías, tu identificación, el formulario DIVA, y si es posible las facturas de compra, por si acaso. Deberás entonces liquidar el ISPI (impuesto) correspondiente, lo que podrás hacer frente a los servicios fiscales de ambas ciudades, ya sea presencial o telemáticamente.

Luego, deberás presentar ante la Aduana el formulario DIVA diligenciado por el Resguardo Fiscal, junto a la liquidación del ISPI. Si todo está en orden, la Aduana sellará electrónicamente tu formulario DIVA. Dicha documentación podrás presentarla presencialmente (recomendable obtener cita previa), o de forma telemática a través de la sede electrónica. También podrás enviar la documentación por correo electrónico a: diva.ceuta@correo.aeat.es (Ceuta) o diva.melilla@correo.aeat.es (Melilla), según sea tu caso. Ya finalmente queda cobrarlo, una vez recibido el sellado electrónico de la aduana.

Para más información, te dejo este enlace de la web oficial de la Agencia Tributaria.

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